viernes, 28 de junio de 2013

Madrid. El Ayuntamiento admite que violó la ley al no preservar un edificio histórico.

El hundimiento de la Casa de la Duquesa de Sueca, un edificio del año 1850 protegido por su valor histórico, ha sido fruto del abandono reiterado y negligente del Ayuntamiento de Madrid, que conocía el progresivo deterioro del palacio desde hace un cuarto de siglo, pero no hizo nada para frenarlo. El exalcalde José María Álvarez del Manzano (PP) lo expropió en 1998. Entonces ya pesaba sobre el inmueble un expediente de ruina; el Ayuntamiento, incluso, había tenido que llevar a cabo ya actuaciones urgentes por motivos de seguridad ante la negativa de los propietarios a hacerlo.

Un informe municipal realizado en abril de 1998 mostraba “el agravamiento de los daños detectados en anteriores inspecciones”, la primera de ellas realizada justo 10 años antes. Álvarez del Manzano decidió entonces expropiar el edificio, pagando por él cuatro millones de euros. Sin embargo, en lugar de rehabilitarlo, el Ayuntamiento dejó que se fuera arruinando hasta un punto “irreversible”, tal y como señalan los informes del 2 y 29 de abril a los que ha tenido acceso EL PAÍS.

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Los documentos describen los daños que sufre y el riesgo que supone para la seguridad de los edificios colindantes, entre ellos un instituto público, y conminan a tirar abajo gran parte del inmueble histórico. El propio Ayuntamiento reconoce, incluso, que ha quebrantado tanto la Ley del Suelo como la Ley de Patrimonio Histórico, que le obliga a conservar el edificio.

10 años de deterioro previo. La primera actuación registrada en el expediente data de agosto de 1988, cuando una inspección constató el hundimiento y pudrición de varios muros y galerías. Meses después se aprobó la adopción de medidas de seguridad por ejecución subsidiaria; es decir, ante la negativa de los propietarios a resolver el problema lo hacía el Ayuntamiento, y luego les pasaba la factura. Estos solicitaron sin éxito en 1991 que se declarara el estado de ruina, probablemente para tirar abajo el edificio y aprovechar el solar, ubicado en el número 2 de la plaza del Duque de Alba. Recibieron, además, la factura de esa obra: 480.000 euros. Sin embargo, en 1998, una nueva inspección municipal mostró el “agravamiento” de los daños ya detectados, lo que obligó a otra actuación urgente por ejecución subsidiaria. Finalmente, ese mismo año el Ayuntamiento decidió expropiar el edificio para hacerse cargo de él directamente.

10 años de abandono oficial.Álvarez del Manzano quería ubicar allí la sede de la Concejalía de Asuntos Sociales. En 2003, cuando Alberto Ruiz-Gallardón (PP) le sustituyó en la alcaldía, decidió en cambio rehabilitarlo para crear viviendas para jóvenes, amén de una escuela infantil o de música o una biblioteca. El proyecto, encargado a Álvaro Siza, costaría 12,6 millones y estaría listo en 2006. Pero el suelo tenía entonces uso dotacional, y el trámite urbanístico se demoró. El edificio se dejó a su suerte.

En 2007, un juez dio la razón a los antiguos propietarios y dictó que se les devolviera el inmueble, al no haberse hecho nada de aquello para lo que se expropió. En medio de un sinfín de pleitos para acordar el precio y las condiciones de la devolución, el edificio siguió abandonado.

Riesgo para las personas. El área de Urbanismo redactó un informe el pasado 2 de abril tras recibir una alerta del distrito Centro sobre “el posible riesgo” que supone el edificio para el vecino instituto público San Isidro. El palacio, de 7.202 metros cuadrados construidos sobre una parcela de 2.966 metros cuadrados, “ha sufrido un avance considerable en su grado de deterioro”, constata el informe. “Se han producido hundimientos parciales de fachadas y cubiertas que suponen un riesgo grave para los edificios colindantes”, añade. “Los daños detectados son los mismos ya relacionados en el informe del 2 de agosto de 1988, pues desde entonces no se ha acometido ninguna obra de reparación. La estabilización del edificio corresponde a intervenciones de carácter provisional con más de 15 años de antigüedad, sin que haya mediado desde entonces ninguna revisión de dichas medidas de seguridad”, concluye el informe.

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“La total ausencia de conservación implica que varias partes del inmueble suponen un riesgo para personas y bienes en las parcelas y espacios públicos colindantes”, dictan los técnicos de Urbanismo, señalando, entre otras zonas de peligro, el patio y capilla del instituto, la plaza del Duque de Alba y una decena de edificios de viviendas. En una primera inspección, se colocaron vallas en el patio del colegio para evitar riesgos; pero una visita posterior llevó a ampliar aún más el perímetro de protección.

Culpa del Ayuntamiento. Urbanismo decidió finalmente en un informe del 29 de abril que, ante el “agravamiento continuo de los daños”, cuya “evolución es impredecible a corto plazo”, y dado que “la situación es especialmente grave y supone un riesgo continuo de nuevos hundimientos”, “se estima necesario declarar el estado de ruina física inminente parcial del edificio” y “proceder a la demolición” en un plazo máximo de cinco días. Las obras ya han comenzado. El propio informe de Urbanismo reconoce la culpa del Ayuntamiento. Reseña que la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid especifica que “los propietarios de edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos”. Y que la Ley regional de Protección del Patrimonio dicta además: “Los propietarios de bienes integrantes del Patrimonio Histórico están obligados a conservarlos, mantenerlos, custodiarlos, cuidarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro de conformidad”. Concluye así el informe municipal: “El deterioro y el agravamiento de los daños existentes en la finca de referencia son fruto del total abandono en el que se encuentra la edificación. (…) El incumplimiento del deber de conservación de esta edificación implica además de los problemas de seguridad derivados, un incumplimiento en el deber de protección del Patrimonio Histórico”.

Campo de Gibraltar. Patrimonio en peligro.

La Delegación Provincial de Cultura va a elaborar un plan de actuación integral en el que incluirá a todo el patrimonio inmobiliario de la provincia, a fin de evitar pérdidas en el mismo como en las últimas semanas ha ocurrido con el drago centenario del callejón del Tinte en Cádiz, el castillo de Villamartín o la iglesia de San Agustín en Medina Sidonia. 

La intención de la Junta, según adelantó a Diario de Cádizel delegado del Gobierno andaluz en Cádiz, Fernando López Gil, es "evitar que la crisis (y los correspondientes recortes en inversiones tanto públicas como privadas) se lleve por delante parte de nuestra historia", lo que después sería imposible de recuperar. Para ello desde el área de Cultura se ha comenzado a trabajar en tres aspectos. Por una parte se está procediendo a la revisión completa de todos los bienes muebles e inmuebles que están catalogados y que tienen un evidente valor histórico y artístico, a fin de ver el estado actual en el que se encuentran y priorizar posibles actuaciones en aquellos que lo necesiten; a la vez se pretende revisar el convenio que se mantiene con la Iglesia, con las dos diócesis de Cádiz y Asidonia-Jerez poseedoras del mayor conjunto histórico de la provincia, para analizar si hay que incluir o no nuevos elementos y la forma de actuar en ellos; y, finalmente, ampliar la lista de Bien de Interés Cultural, BIC, con aquellos inmuebles que están fuera a pesar de su evidente valor. 

Lo cierto es que la crisis económica ha tocado de lleno a numerosos proyectos de mantenimiento del rico patrimonio histórico existente en la provincia. El recorte y el mal tiempo, pues el propio López Gil destacó a este diario cómo había dañado las fuertes lluvias de las últimas semanas a muchos templos gaditanos.

"La crisis económica está afectando mucho al patrimonio", reconoce el delegado de la Junta, administración que ha cerrado el grifo casi totalmente cuando hasta hace poco era la institución que más dinero ponía sobre la mesa para la recuperación de estos edificios, como bien se puede ver en ciudades como Cádiz capital. Así el dinero de la Junta salvó de la ruina total al Oratorio de San Felipe Neri, que recibió más de 8 millones de euros dentro de las actuaciones relacionadas con el Bicentenario. La Iglesia, propietaria de este histórico inmueble, ya había advertido años antes de que no contaba con fondos para acometer una obra de estas características. 

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"La Iglesia es poseedora de un gran patrimonio que nos ha sido legado y que cuesta mucho mantener, por lo que necesitamos el apoyo público y privado. Ahora tenemos que concienciar al conjunto de la sociedad de que todos somos responsables de este patrimonio porque al final lo podemos disfrutar todos", declara a este diario el delegado de Patrimonio del Obispado de Cádiz, David Gutiérrez.

Sacerdote en Media Sidonia, donde se ha producido el hundimiento en San Agustín hace apenas unos días, asume que la Iglesia, y menos en esta época cuando refuerza su labor asistencial, no tiene dinero para afrontar proyectos de rehabilitación e incluso de mantenimiento. Curiosamente, son los propios feligreses los que en muchas ciudades están afrontando la financiación de proyectos de recuperación, como ha pasado en Cádiz capital en operaciones ya realizadas o aún en marcha en el convento de Santa María y las iglesias de Santo Tomás y San José, entre otras. 

David Gutiérrez lamenta, aunque entiende, los recortes en inversiones públicas y lamenta, también, que durante años "no se le hubiera dado importancia" a la necesidad de mantener el patrimonio, "lo que nos ha llevado a esta situación". Por lo pronto, para mañana lunes está prevista una reunión interna en la Diócesis de Cádiz para analizar la situación de todo su patrimonio. 

Pone como ejemplo David Gutiérrez el estado del patrimonio religioso el Medina Sidonia. "Todo su conjunto está en una situación de emergencia. Medina es una ciudad monumental, que vive de sus monumentos y de los restos romanos. Lo malo es que aquí se ha invertido muy poco y se ha descuidado bastante patrimonio de gran envergadura". 

Pero no sólo hay precariedad en Medina Sidonia. El delegado de Patrimonio menciona también situaciones delicadas como la cubierta de la parroquia de San Sebastián en Puerto Real, o el importante deterioro que sufre la parroquia de San Jorge en Alcalá de los Gazules, así como templos en Tarifa. 

En todo caso, no todo el patrimonio histórico de la provincia se concentra en las propiedades de la Iglesia. El desarrollo del turismo cultural en los últimos años y la propia rehabilitación de muchos cascos urbanos ha sacado a la luz la necesidad de recuperación de antiguos palacios, castillos y antiguos equipamientos oficiales. Es cierto que en muchos casos ya se han emprendido obras de mejora. Cádiz capital es sin duda el ejemplo más claro de ello pues tiene en buen estado de conservación la mayor parte de su red de fortificaciones (murallas, baluartes y castillos, con el de San Sebastián en pleno proceso de reforma), a la vez que la aportación pública y privada ha logrado que en una década buena parte de sus grandes edificios estén en buenas condiciones. Curiosamente ha sido un árbol, protegido por ley como elemento integrante del Bicentenario, el drago del Callejón del Tinte, el que ha alertado sobre la necesidad de no olvidarse de nuestro patrimonio. 

A la vez, queda en el aire, para el ciudadano de la calle, quién debe asumir el control de este patrimonio, ya sea de titularidad pública como privada. 

En este sentido, Fernando López Gil indica que son los Bienes de Interés Cultural, BIC, los que entran dentro de sus competencias. "Nos toca tutelar la situación de su conservación y obligar a los propietarios a que actúen, procediendo a imponer una sanción si se incumplen los requerimientos". En este sentido, los casos leves pueden suponer una sanción comprendida entre los 50.000 y 100.000 euros, las graves alcanzan entre los 100.000 y los 250.000 euros mientras que las sanciones graves pueden llegar incluso al millón de euros. 

Fuera de los BIC, la Junta se encarga de la tutela y la vigilancia en los inmuebles que están incluidos en el inventario de bienes. Cita casos en los que son los propios propietarios los que reclaman el control de la Junta para así facilitar operaciones de rehabilitación. En otros hay una respuesta rápida a los requerimientos, como pasó con el castillo de Villamartín. Recuerda que en este caso "remitimos en su día un escrito al propietario que nos presentó un proyecto. Tras algunas modificaciones se le dio como plazo máximo de actuación el 6 de mayo. Ellos pidieron la licencia de obra al Ayuntamiento pero antes de conseguirla se cayó parte del castillo". No habrá sanción, por lo tanto, al estar en plazo. 

Más allá de la Junta, López Gil considera indispensable una mayor implicación de los ayuntamientos en el control del estado del patrimonio. "Todos aquellos que cuentan con planes específicos, que son la mayoría, tienen las competencias de control de cada localidad. Entendemos que la situación económica no es para afrontar muchas cuestiones, pero los ayuntamientos deberían de ser más conscientes de su papel en el mantenimiento de estos legados". El catálogo de protección en la provincia incluye a 368 inmuebles. De ellos 113 están fichados en el Campo de Gibraltar, 90 en la Bahía de Cádiz (40 de ellos en la capital), 56 en La Janda, 45 en la Sierra, 39 en Jerez y 25 en la Costa Noroeste.

Ceuta. Un BIC entre basuras.

La denominada Batería y Cuerpo de Guardia de la Torrecilla se asoma a la playa de la Potabilizadora con aires de ser todo un BIC (Bien de Interés Cultural) aunque acomplejado por la dejación en que se encuentra atrapado. Repleto de basuras, hoy por hoy ha quedado convertido en una pequeña escombrera que está acentuando aún más su degradación. La asociación en defensa del patrimonio cultural, Septem Nostra, ha advertido de la necesaria actuación institucional para, simplemente, salvar la riqueza patrimonial que queda.

“Es lamentable el estado que presenta este inmueble a pesar de estar declarado Bien de Interés Cultural, la máxima figura de protección que contempla la vigente ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español. Y no se trata de una situación nueva. Lleva en esta situación muchísimos años. En este caso, la Administración competente es la central y ésta debería implicarse mucho más de lo que lo hace en la protección y conservación del patrimonio cultural ceutí”, advierte Septem Nostra.

Hasta hace bien poco un italiano trotamundos había convertido este BIC en su vivienda particular. Allí residía junto a varios perros. Era un okupa pero, al menos, mantenía limpio y decente el lugar. Al estar ocupado en una zona de dominio público marítimo terrestre, el servicio de Costas de la Delegación del Gobierno abrió un expediente para expulsar a esta persona de la torre. Y así se hizo. Ahora no hay okupas pero la mole de basura es cada vez mayor. Septem Nostra recuerda que el mantenimiento y conservación de esta fortificación depende de la Dirección General  de Costas y, por delegación, del área de Fomento de la Delegación del Gobierno. El hecho es que hoy por hoy no se actúa y cualquiera que acuda a visitar la playa de la Potabilizadora se puede topar con este basurero que poco a poco se está comiendo el BIC.

“De igual modo, la Ciudad Autónoma ha incumplido la ley al no redactar y aprobar el correspondiente Plan Especial de Protección del conjunto histórico al que pertenece la Batería de la Torrecilla. Lo más urgente sería limpiar su interior y cerrar de forma adecuada todos los accesos al interior de la torre. Hecho esto consideramos preciso la redacción  de un proyecto de restauración de esta torre y de la muralla que cierra la playa. Algunos tramos de esta muralla se han perdido o están en un avanzado estado de degradación”, señala la asociación.

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La propuesta que hace Septem no debe caer en saco roto, toda vez que la Ciudad y la Delegación deben preocuparse, en la parte que les corresponde, de cumplimentar la tarea de proteger lo que simplemente es historia.

“Este paraje”, añade la asociación, “es uno de los más bellos de Ceuta y merecería un especial cuidado y mimo por parte de las administraciones, las mismas que dicen apostar por el turismo cultural como alternativa a nuestra maltrecha situación económica”.

Este elemento forma parte del Conjunto Histórico del Recinto del Hacho, concretamente en las fortificaciones del lado este. Según algunos autores, la torre es de época medieval y fue integrada a principios del siglo XVIII en la muralla de la llamada Playa de la Torrecilla de la que esta fortificación toma el nombre. La construcción de esta muralla que cierra completamente la playa se enmarca dentro del proceso de refortificación de la ciudad que se emprendió cuando comenzó el cerco de Muley Ismail en 1694. Al ser un punto vulnerable y susceptible de posibles desembarcos enemigos se decidió cerrar la playa con este muralla para impedir el acceso de tropas enemigas.

La historia es el tesoro que, sin gasto alguno, podemos trasladar a las generaciones venideras. Ceuta está salpicada de multitud de ejemplos que esconden pasajes vividos por quienes nos precedieron. La asociación llama la atención a las autoridades para que cuiden lo que otros nos cedieron para que no muera.

La intrahistoria en forma de bienes patrimoniales
La historia encarnada por aquellas generaciones que vivieron en Ceuta queda reflejada en los bienes patrimoniales que aún se conservan en la ciudad. Mantenerlos en buen estado de conservación es una manera de tenerla viva, de ahí que la asociación Septem Nostra llame la atención sobre la necesidad de evitar la degradación de este tipo de bienes. Si el pasado fin de semana solicitaban que se diera un uso a la Sirena de Punta Almina, toda vez que tras su arreglo está siendo objeto de atentados vandálicos, ahora ponen el acento en este BIC de la playa de la Potabilizadora. Ya antes solicitaron que se tapiara el BIC ubicado en el solar que ocupará la futura Comandancia de la Guardia Civil. Petición que se atendió.

Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbana.

A continuación os transcribo algunos de los artículos de esta nueva ley que acaba de ser aprobada.

PREÁMBULO
I
Los problemas económicos y sociales existentes en torno al mercado del suelo y la vivienda en España son de muy diversa índole y, en buena medida, anteriores a la crisis económico-financiera. La mayoría tienen, de hecho, un carácter estructural y no solo coyuntural, si bien algunos de ellos se han visto agravados por el cambio de ciclo económico, al tiempo que han contribuido también a agudizar la crisis.

La tradición urbanística española, como ya reconoció el legislador estatal en la
Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, se ha volcado fundamentalmente en la producción de nueva ciudad, descompensando el necesario equilibrio entre dichas actuaciones y aquellas otras que, orientadas hacia los tejidos urbanos existentes, permiten intervenir de manera inteligente en las ciudades, tratando de generar bienestar económico y social y garantizando la calidad de vida a sus habitantes. Estas otras intervenciones son mucho más complejas, tanto desde el punto de vista social como económico; complejidad que se agrava en el momento presente a consecuencia de un contexto desfavorable para la financiación pública, debido a los procesos de estabilización presupuestaria, y también para la financiación privada, por las restricciones en el acceso a los créditos, derivadas de la crisis del sector financiero y del empobrecimiento de muchas familias a consecuencia de los altos niveles de desempleo.

Sin embargo, el camino de la recuperación económica, mediante la reconversión del sector inmobiliario y de la construcción y también la garantía de un modelo sostenible e integrador, tanto ambiental, como social y económico, requieren volcar todos los esfuerzos en aquellas actuaciones, es decir, las de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas, que constituyen el objeto esencial de esta Ley. Tal y como se deduce del Sistema de Información Urbana y el Estudio de Sectores Residenciales en España 2011, ambos elaborados por el Ministerio de Fomento, España posee actualmente, si no se reactiva la demanda, suelo capaz de acoger nuevos crecimientos urbanísticos para los próximos cuarenta y cinco años. Esta situación se agrava cuando se observa que gran parte de estos suelos se encuentran situados en entornos donde no es previsible ningún incremento de demanda en los próximos años. A ello se une el dato significativo de vivienda nueva vacía, 723.043 viviendas. Tanto a corto, como a medio plazo, será muy difícil que los sectores inmobiliario y de la construcción puedan contribuir al crecimiento de la economía española y a la generación de empleo si continúan basándose, principalmente y con carácter general, en la transformación urbanística de suelos vírgenes y en la construcción de vivienda nueva.

Pero aún en el caso de que así fuera, la legislación vigente ya da cumplida respuesta a estos procesos, mientras que no existe un desarrollo en igual medida que permita sustentar las operaciones de rehabilitación y las de regeneración y renovación urbanas, en las que, además, todavía persisten obstáculos legales que impiden su puesta en práctica o, incluso, su propia viabilidad técnica y económica. Es preciso, por tanto, generar un marco normativo idóneo para dichas operaciones, que no sólo llene las lagunas legales actualmente existentes, sino que remueva los obstáculos que las imposibilitan en la práctica y que propicie la generación de ingresos propios para hacer frente a las mismas.

La rehabilitación y la regeneración y renovación urbanas tienen, además, otro relevante papel que jugar en la recuperación económica, coadyuvando a la reconversión de otros sectores, entre ellos, fundamentalmente el turístico. La actividad turística es clave para la economía de nuestro país y supone más de un 10,2 % del PIB, aportando un 11,39 % del empleo. Numerosos destinos turísticos «maduros» se enfrentan a un problema sistémico en el que tiene mucho que ver el deterioro físico de sus dotaciones y respecto de los cuales, la aplicación de estrategias de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas podría generar impactos positivos que, a su vez, servirían de palanca imprescindible para el desarrollo económico de España.

Artículo 1. Objeto de la Ley.
Esta Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen un desarrollo sostenible, competitivo y eficiente del medio urbano, mediante el impulso y el fomento de las actuaciones que conduzcan a la rehabilitación de los edificios y a la regeneración y renovación de los tejidos urbanos existentes, cuando sean necesarias para asegurar a los ciudadanos una adecuada calidad de vida y la efectividad de su derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

TÍTULO I. El Informe de Evaluación de los Edificios
Artículo 4. El Informe de Evaluación de los Edificios.
1. Los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva podrán ser requeridos por la Administración competente, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria primera, para que acrediten la situación en la que se encuentran aquéllos, al menos en relación con el estado de conservación del edificio y con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética de los mismos.

2. El Informe de Evaluación que determine los extremos señalados en el apartado anterior, identificará el bien inmueble, con expresión de su referencia catastral y contendrá, de manera detallada:
a) La evaluación del estado de conservación del edificio.
b) La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no
discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.
c) La certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente.

Cuando, de conformidad con la normativa autonómica o municipal, exista un Informe de Inspección Técnica que ya permita evaluar los extremos señalados en las letras a) y b) anteriores, se podrá complementar con la certificación referida en la letra c), y surtirá los mismos efectos que el informe regulado por esta Ley. Asimismo, cuando contenga todos los elementos requeridos de conformidad con aquella normativa, podrá surtir los efectos derivados de la misma, tanto en cuanto a la posible exigencia de la subsanación de las deficiencias observadas, como en cuanto a la posible realización de las mismas en sustitución y a costa de los obligados, con independencia de la aplicación de las medidas disciplinarias y sancionadoras que procedan, de conformidad con lo establecido en la legislación urbanística aplicable.

3. El Informe de Evaluación realizado por encargo de la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios que se refieran a la totalidad de un edificio o complejo inmobiliario extenderá su eficacia a todos y cada uno de los locales y viviendas existentes.

4. El Informe de Evaluación tendrá una periodicidad mínima de diez años, pudiendo establecer las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos una periodicidad menor.

5. El incumplimiento del deber de cumplimentar en tiempo y forma el Informe de Evaluación regulado por este artículo y la disposición transitoria primera tendrá la consideración de infracción urbanística, con el carácter y las consecuencias que atribuya la normativa urbanística aplicable al incumplimiento del deber de dotarse del informe de inspección técnica de edificios o equivalente, en el plazo expresamente establecido.

6. Los propietarios de inmuebles obligados a la realización del informe regulado por este artículo deberán remitir una copia del mismo al organismo que determine la Comunidad Autónoma, con el fin de que dicha información forme parte de un Registro integrado único. La misma regla resultará de aplicación en relación con el informe que acredite la realización de las obras correspondientes, en los casos en los que el informe de evaluación integre el correspondiente a la inspección técnica, en los términos previstos en el último párrafo del apartado 2, y siempre que de éste último se derivase la necesidad de subsanar las deficiencias observadas en el inmueble.

Artículo 5. Coordinación administrativa.
Para asegurar los principios de información, coordinación y eficacia en la actuación de las Administraciones Públicas, y facilitar el conocimiento ciudadano en relación con la sostenibilidad y calidad del medio urbano y el parque edificado, los Informes de Evaluación de los Edificios servirán para nutrir los censos de construcciones, edificios, viviendas y locales precisados de rehabilitación, a que se refiere la disposición adicional primera.

Artículo 6. Capacitación para el Informe de Evaluación de los Edificios.
1. El Informe de la Evaluación de los Edificios podrá ser suscrito tanto por los
técnicos facultativos competentes como, en su caso, por las entidades de inspección registradas que pudieran existir en las Comunidades Autónomas, siempre que cuenten con dichos técnicos. A tales efectos se considera técnico facultativo competente el que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o haya acreditado la cualificación necesaria para la realización del Informe, según lo establecido en la disposición final decimoctava.

Dichos técnicos, cuando lo estimen necesario, podrán recabar, en relación con los aspectos relativos a la accesibilidad universal, el criterio experto de las entidades y asociaciones de personas con discapacidad que cuenten con una acreditada trayectoria en el ámbito territorial de que se trate y tengan entre sus fines sociales la promoción de dicha accesibilidad.

2. Cuando se trate de edificios pertenecientes a las Administraciones Públicas
enumeradas en el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrán suscribir los Informes de Evaluación, en su caso, los responsables de los correspondientes servicios técnicos que, por su capacitación profesional, puedan asumir las mismas funciones a que se refiere el apartado anterior.

3. Las deficiencias que se observen en relación con la evaluación de lo dispuesto en el artículo 4.2 se justificarán en el Informe bajo el criterio y la responsabilidad del técnico competente que lo suscriba.

Fuente de información y ley completa en pdf

jueves, 27 de junio de 2013

Valencia. El consistorio tarda 24 años en declarar la ruina de un edificio del Carmen.

El Ayuntamiento de Valencia y los propietarios de un edificio ruinoso del barrio del Carmen mantienen un pulso desde hace 24 años por el destino del inmueble, situado en el número 21 de la calle San Ramón. El ayuntamiento intenta que los dueños rehabiliten el edificio mientras los propietarios estarían buscando una declaración de ruina que permita derribar la finca y hacer una nueva. Se trata de un caso extremo -por lo que se ha alargado en el tiempo- del proceso de degradación del patrimonio protegido en Ciutat Vella, donde existen alrededor de 300 edificios vacíos o con baja ocupación y donde la presencia de andamios y mallas de protección es cada vez más frecuente.

El Ayuntamiento de Valencia dispone desde 1997 del Registro Municipal de Solares, un instrumento de gestión urbanística cuyo objetivo es evitar que los propietarios retengan edificios o solares vacíos y hagan dejación de su obligación rehabilitar y mantener en condiciones los inmuebles. 

Sin embargo, la lentitud con la que el ayuntamiento tramita los procesos para incluir las casas en el registro deja en entredicho su eficacia. La inclusión en el registro de una propiedad conlleva la obligacion del ayuntamiento de expropiarlo y destinar el suelo a vivienda pública, lo que teniendo en cuenta la cantidad de edificios en situación ruinosa sólo en Ciutat Vella supondría un importante quebranto para las arcas municipales. La Concejalía de Urbanismo, por su parte, atribuye el bajo número de edificios incluidos en el registro porque la propiedad se aviene normalmente a ejecutar las medidas de mantenimiento de los edificios que ordena el consistorio antes de meterlos en el registro.
 


Sin embargo, en la calle San Ramón el pulso entre ayuntamiento y propiedad lleva camino de batir un récord. La orden de ejecución de medidas, previa al proceso de inclusión en el registro de solares, se ha demorado 24 años tras solicitar la propiedad la inspección de los técnicos municipales en 1989.

El Servicio de Disciplina Urbanística acaba de requerir a la propiedad para que subsane los problemas estructurales del edificio que, tal como ha comprobado este diario, se encuentra prácticamente abandonado. Si la propiedad no cumple los requerimientos se impondrán multas coercitivas y transcurrido un año se debería incluir el edificio en el registro de solares.
 

Los 24 años de burocracia del expediente de San Ramón 21 se resumen en cuatro inspecciones de la Oficina Técnica de Edificios Ruinosos (1990, 1994, 2003 y 2010) con el correspondiente informe del arquitecto y requerimiento a la propiedad para que acometiese las medidas de reparación necesarias. En la última inspección se advierte de que las patologías "se agudizan por el transcurso del tiempo". Tres años después, el ayuntamiento da el ultimatum y advierte de que el edificio se incluirá en el registro de solares si en un año no se acometen las obras.

Arona (Santa Cruz de Tenerife). Patrimonio Histórico impulsa un proyecto para inventariar y difundir el patrimonio arqueológico de Arona.

La concejalía de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Arona, que dirige Eva Luz Cabrera, ha impulsado la ejecución del proyecto de sistematización y valoración de su patrimonio arqueológico, encargado a los arqueólogos Javier Soler, Carlos Perdomo y Francisco Pérez Caamaño.

Cabrera explica que, entre otros aspectos, “este proyecto permite la gestión, de acuerdo con nuestras competencias, del patrimonio arqueológico del término municipal y cualquier actuación que pueda afectarle”.

El desarrollo de este proyecto incluye realizar el inventario de los yacimientos que se encuentran en Arona, analizar la situación patrimonial de los mismo y fomentar visitas guiadas a los lugares donde se ubican, con la intención de “integrar al municipio de Arona en la Red de Lugares Naturales de Tenerife”, además de “concienciar a nuestros vecinos y visitantes de la importancia de conservar y disfrutar de nuestro patrimonio”.

Asimismo, Eva Luz Cabrera señaló que “desde el pasado mes de agosto, los investigadores encargados de este proyecto han visitado un total de 193 yacimientos arqueológicos en nuestro municipio”, a lo que agregó que “en todos estos lugares, se han encontrado manifestaciones rupestres, elementos arqueológicos que se identifican con lugares donde se realizaban rituales, cabañas y cuevas sepulcrales, entre otros elementos”.

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En relación a todo lo expuesto, la edil de Patrimonio Histórico de Arona pone de manifiesto que “este proyecto supone una herramienta fundamental para reconvertir nuestro patrimonio en un recurso social, cultural y económico para el municipio”.

En días recientes, la concejalía de Patrimonio Histórico organizó una visita a uno de los seis Bienes de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica del municipio, para explica ‘in situ’ al grupo de gobierno municipal las singularidades y potencialidades culturales, sociales y científicas del patrimonio arqueológico aronero, para la que se contó con la presencia de los arqueólogos del proyecto, quienes, posteriormente, presentaron los resultados del trabajo en la Casa de la Bodega.

El Gobierno de Extremadura modificará la Ley de Promoción de la Accesibilidad en edificios.

El Gobierno de Extremadura está trabajando en un nuevo texto que modificará la Ley de Promoción de la Accesibilidad de Extremadura de 1997 para atender las nuevas demandas en materia de accesibilidad y resolver los problemas existentes en las viejas y nuevas edificaciones.

El consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo, Víctor del Moral, ha manifestado el interés del Ejecutivo regional y nacional para orientar las políticas en materia de vivienda hacia "figuras distintas de la obra nueva y donde la rehabilitación eficiente y accesible constituya la principal apuesta de futuro".

Del Moral, durante la inauguración de las jornadas "Accesibilidad Vertical en Edificios de Viviendas en Extremadura" organizada por la Oficina Técnica de Accesibilidad de Extremadura en colaboración con la Federación de Municipios y Provincias (FEMPEX), ha detallado las acciones emprendidas por la Consejería en esta materia.

Según ha informado la Junta en un comunicado, en 2012 se realizaron acciones cuya cuantía total ascendieron a casi 16 millones de euros en el campo de la rehabilitación. Fomento otorgó 2.994 Calificaciones Definitivas, además de finalizar otro tipo de actuaciones en materia de accesibilidad en la región.

Acciones que también se hayan contenidas en el Plan Autonómico de Rehabilitación y Vivienda 2013-2016, actualmente en trámite, y donde la rehabilitación se convierte en una "apuesta firme de futuro", ha dicho el consejero.

Además, ha recordado que desde la Consejería de Fomento se ofrece asesoramiento técnico en materia de accesibilidad a empresas, administraciones y entidades públicas a través de la Oficina Técnica de Accesibilidad de Extremadura (OTAEX), en virtud de un convenio que anualmente suscribe con APAMEX y al que se destina un total de 133.000 euros.

Según Del Moral, en Extremadura se han puesto en marcha experiencias importantes a través de la figura de las Áreas de Renovación Urbana, actuaciones que en conjunto suponen una inversión pública de casi 26 millones.

También, ha apuntado que en el área de Turismo se está realizando un importante trabajo por la integración y la creación de un Turismo para todos.
Así, ha mencionado el reconocimiento otorgado a Hospederías de Extremadura, en los VI Premios Nacionales de Hostelería, donde se la reconoció como Empresa Comprometida con la Discapacidad, por hacer del Turismo una práctica accesible.

El consejero de Fomento ha abogado por aprovechar las oportunidades que ofrece el futuro inmediato, proporcionando "ciudades más accesibles, habitables y eficientes en la utilización de sus recursos, sin renunciar a unas edificaciones de calidad".

miércoles, 26 de junio de 2013

Almería. Inauguración del Castillo de San Andrés de Carboneras tras las obras de rehabilitación.

El Castillo de San Andrés de Carboneras, el monumento de mayor importancia del municipio, volverá a abrir sus puertas este lunes 24 de junio, después de las obras de rehabilitación que se han llevado a cabo en su interior.

La inauguración oficial, que correrá a cargo del alcalde de la localidad, Salvador Hernández, y de la Delegada del Gobierno en Andalucía, Carmen Crespo, tendrá lugar a las 20 horas. Junto a ellos, estará acompañándoles en este importante acto para Carboneras, el Subdelegado del Gobierno en Almería, José Andrés García Lorca; así como autoridades de la Junta de Andalucía y Diputación Provincial de Almería; y alcaldes y concejales de los municipios del Levante almeriense.


Asimismo, el acto contará con la asistencia de una representación de la Fundación Endesa, entidad que ha aportado un total de 100.000 euros destinados a la iluminación interior del Castillo de San Andrés.

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En este sentido, el coste de la rehabilitación interior ha sido de unos 870.000 euros, de los cuales el Ministerio de Fomento ha aportado el 75% del coste, a través del Programa del 1% Cultural para la recuperación del patrimonio histórico, mientras que el resto ha ido a cargo del Ayuntamiento de Carboneras.

El acto comenzará con la inauguración de las instalaciones y una visita oficial por el recinto para ver las obras de rehabilitación que se han ejecutado, durante la que se podrá contemplar una exposición muy especial de Fotografías Antiguas del municipio. Posteriormente, se llevarán a cabo los parlamentos, a lo que le seguirá una pequeña interpretación del acto de instalación del primer Ayuntamiento mediante sufragio en Carboneras; y un popurrí de coplillas tradicionales, muchas de ellas de Carboneras, que darán paso al momento del himno y final del acto.

Alcalá de Guadaíra. Abren una oficina para impulsar la regeneración del casco histórico de Alcalá.

Una oficina específica coordinará las actuaciones del Plan Urban, el proyecto de regeneración del casco histórico de la ciudad y que abarca los sectores del barrio del Castillo, San José, Las Corchas y la zona centro. La iniciativa plantea acción en el terreno económico, social y urbanístico y cuenta con financiación de fondos Feder.

Las nuevas dependencias de gestión se ubican en la biblioteca pública Editor José Manuel Lara donde se han habilitado dependencias específicas y personal propio. El alcalde, Gutiérrez Limones, que estuvo presente en la inauguración destacó la necesidad de «un intercambio continuo entre la zona Urban y el resto de la ciudad, que favorezca la regeneración de este ámbito».

Entre las acciones que se llevarán a cabo el alcalde citó intervenciones urbanísticas, dinamización social y fomento de la economía del territorio mediante el desarrollo de proyectos que aprovechen los recursos del mismo, sobre todo los que tienen que ver con su patrimonio histórico y natural.

El Ayuntamiento de Cuenca ha declarado 19 edificios en estado de ruina en los últimos seis años.

El Ayuntamiento de Cuenca ha tramitado 19 expedientes para la declaración de ruina de edificios en los últimos seis años. Según han desglosado fuentes del Consistorio a Vocesdecuenca.es, uno de ellos fue en 2008, once en 2009, tres en 2010, otros tres en 2011, ninguno en 2012, y uno en el periodo transcurrido del 2013. Todos ellos han sido declarados por el procedimiento de ruina económica, no habiendo sido necesaria la tramitación de ningún expediente de ruina física inminente en los últimos seis años.

Un edificio puede ser declarado en ruina económica cuando la estimación del coste de la rehabilitación del inmueble es superior a la mitad de su precio. En total, y según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística correspondientes al censo de población y vivienda, en la capital hay un total de 64 edificios destinados a vivienda en estado de ruina.

Según indican fuentes del Ayuntamiento de Cuenca, el aumento de edificios declarados en ruina económica que hubo en el año 2009 se debe a que ese año se realizó una inspección exhaustiva del barrio de San Antón, a raíz del Plan Urban. Todas las ruinas declaradas en ese periodo salvo una están en San Antón, y corresponden a la denominada “Zona Cero” en la que la mayoría de las edificaciones estaban abandonadas. La demolición la hizo el Ayuntamiento de manera subsidiaria con cargo al Plan Urban.

El proceso de declaración de ruina
El proceso de declaración de ruina de un edificio se puede iniciar de oficio o por instancia de los particulares. En el primer caso, el expediente se abre después de que los Servicios de Inspección de la Gerencia Municipal de Urbanismo, los Bomberos, Policía Local u otros Servicios Municipales a la Gerencia detecten una edificación en malas condiciones de conservación. En el segundo caso, los particulares pueden aportar un dictamen suscrito por un técnico competente en el que se refleje que se cumplen las condiciones establecidas para considerar la edificación en ruina.

Según indican las fuentes oficiales, el inicio a instancia de los particulares normalmente se debe a dos causas: el edificio cuenta con algún tipo de protección, por lo que es requisito indispensable la previa declaración en estado de ruina para poder proceder a su demolición, o por desacuerdo entre los distintos propietarios sobre el destino del inmueble. La declaración de ruina de un edificio protegido no implica el derecho a demoler de manera automática, puesto que en este caso se da traslado a la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico, que puede resolver la conservación de alguno de los elementos de la edificación original (fachadas, portadas, etc.) o incluso al mantenimiento de la edificación, obligando a la realización de una Rehabilitación Integral del mismo.

Una vez recibida el Acta, Traslado o Instancia en la Gerencia Municipal de Urbanismo, se procede a girar visita al inmueble por parte de un Técnico Municipal, que elabora un Dictamen Técnico, estableciendo las patologías existentes, las lesiones presentes en el inmueble, sus posibles causas y el calor del coste de las obras de rehabilitación necesarias para devolver al inmueble las condiciones de seguridad, salubridad y habitabilidad. También se establece el valor de Reposición del Inmueble de similares características al existente y se comparan ambos valores.

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Si el coste de rehabilitar la edificación supera el 50% del Valor de Reposición del inmueble, establecido como límite del deber normal de conservación, se dictamina su estado de ruina, valorando el coste de las obras de demolición y estableciendo un plazo para ejecutarlas, así como, si es necesario, desalojo de los ocupantes, plazo para el desalojo, y las medidas excepcionales de protección, tales como apeos y apuntalamientos que hayan de aplicarse con carácter inmediato. Los plazos no están prefijados, sino que es el técnico el que en su informe determina el plazo que se otorga para proceder a la demolición según la gravedad de la situación. En caso de no superar dicho valor, se desestimará el estado de Ruina, procediendo en su lugar al inicio de expediente de Orden de Ejecución, obligando a los propietarios a realizar las obras precisas de conservación.

Con el Informe Técnico Municipal se procede a la Incoación del expediente, dando traslado a los propietarios catastrales del inmueble, así como los que sean parte en el mismo, otorgando un plazo de 15 días para presentar alegaciones. Transcurrido dicho plazo se procede a la resolución del expediente, contestando en el mismo cuantas cuestiones se hayan planteado. La resolución del expediente se notificará a todos los que hubieran sido parte en el mismo, igualmente se notificará a todos los moradores del inmueble, aunque no se hubieren personado en el procedimiento. En la notificación se expresará, en su caso, el plazo para el desalojo del inmueble con apercibimiento de desahucio por vía administrativa. Una vez resuelto el expediente, existe un plazo de un mes para presentar Recurso de Reposición o de dos meses para acudir a la vía Contencioso-Administrativa para aquellos que no estén de acuerdo con la resolución. Si se presenta Recurso de Reposición, no se podrá acudir a la vía Contenciosa hasta la Resolución por parte de la Administración actuante del Recurso. Una vez resuelto, únicamente queda disponible la vía Contencioso-Administrativa por un plazo de dos meses, trascurrido el cual la resolución es firme, quedando los propietarios obligados a la demolición del inmueble en el plazo concedido u optar por la rehabilitación integral, a su costa, del mismo.

Multas hasta alcanzar el coste de la demolición
Transcurrido el plazo, se procede a girar visita de Inspección para comprobar si se ha procedido al cumplimiento de lo ordenado. En caso contrario la Administración puede optar por la Ejecución Subsidiaria a costa del obligado o a imponer multas coercitivas por valor del 10% del coste de la demolición, con una periodicidad mínima mensual, hasta el 100% del valor de la demolición, momento en el cual se procedería al inicio de Expediente de Ejecución Subsidiaria, realizando el Ayuntamiento las obras ordenadas y procediendo posteriormente al cobro del coste de las mismas. Una vez demolido el inmueble y si el solar resultante es Suelo Urbano, se establece un plazo máximo de dos años para proceder a la construcción del nuevo inmueble, adaptado a lo establecido en el Plan General de Ordenación Urbana de Cuenca para dicho solar.

Además, se establece mediante este procedimiento la denominada técnicamente como ruina económica, junto con otro supuesto: la ruina física inminente. Cuando se estime que la situación de un inmueble o construcción ofrece tal deterioro que es urgente su demolición y existe peligro para las personas o bienes en la demora que supone la tramitación del expediente, la persona titular de la Alcaldía acordará el desalojo de las personas ocupantes y adoptará las medidas referidas a la seguridad de la construcción que se determinen, disponiendo a su vez la inmediata práctica de una visita de inspección. La persona titular de la Alcaldía adoptará la resolución que proceda en plazo de veinticuatro horas desde la recepción del informe o informes derivados de las actuaciones referidas, pudiendo acordar excepcionalmente, salvo que se trate de patrimonio catalogado o declarado de interés histórico-artístico, la demolición que sea estrictamente indispensable para proteger adecuadamente valores superiores y, desde luego, la integridad física de las personas.

No podrá exceder de seis meses el tiempo que transcurra desde que se inicie el procedimiento de ruina hasta que se dicte y notifique la resolución conforme a lo previsto en la normativa sobre régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

La declaración administrativa de ruina o la adopción de medidas de urgencia por la Administración no eximirá a las personas propietarias de las responsabilidades de todo orden que pudieran serles exigidas por negligencia en los deberes de conservación que les correspondan. Para el reintegro de los gastos hechos por la Administración en la acción sustitutiva de la inactividad de los particulares, en supuestos de órdenes de conservación o de adopción de medidas de seguridad, se seguirá, en su caso, el procedimiento de apremio.

Murcia. Cultura se muestra convencida de que Lorca recuperará "poco a poco" el esplendor de todo su patrimonio.

 La Consejería de Cultura y Turismo, dirigida por Pedro Alberto Cruz, está convencida de que el municipio de Lorca, que fue desolada por un terremoto en mayo de 2011, recuperará "poco a poco el esplendor de todo su patrimonio monumental".

   Recuerda que tras los primeros momentos se desplazó un equipo multidisciplinar de la Dirección General de Bienes Culturales que abordó la evaluación de daños y la adopción de medidas urgentes de sujeción, estabilización de monumentos y se estableció un protocolo de actuación en los principales monumentos de la ciudad.

   A la vez que afirma que resultó imprescindible la estrecha coordinación que se estableció entre la Consejería de Cultura y Turismo, el Ayuntamiento de Lorca, el Ministerio de Cultura y el Obispado y tacha de "crucial" dicha colaboración para que se iniciara inmediatamente las obras de restauración de algunos de los inmuebles dañados.

   Posteriormente, se redacta el 'Plan Director para la Recuperación del Patrimonio Cultural de Lorca'. En tiempo récord, poco más de tres semanas, apunta la Consejería, y con la colaboración de técnicos y responsables de todos los implicados en la tarea, se elabora el documento, que se presenta a la sociedad a finales del mes de julio y que es aprobado por el Consejo de Ministros de 28 de octubre de 2011, por el que se adoptan medidas complementarias a las contenidas en los Reales Decretos-leyes 6/2011, de 13 de mayo, y 17/2011, de 28 de octubre, publicada en el BORM del 1 de noviembre.

   Su principal objetivo es facilitar una visión global del patrimonio afectado, aportar una valoración de las obras imprescindibles para su recuperación y hacer un programa que permita comprometer los recursos financieros y realizar estas obras en un periodo de tiempo.

   Para el seguimiento de las actuaciones se constituye una comisión de seguimiento con representantes políticos y técnicos del Ayuntamiento de Lorca, de la Administración del Estado (Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales e Instituto del Patrimonio Cultural Español), Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Dirección General de Bienes Culturales) y del Obispado. A las reuniones de esta Comisión se han incorporado los Comisionados del Gobierno para Lorca y han asistido como invitados representantes del Ministerio de Fomento y eurodiputados.

   Según han apuntado a Europa Press fuentes de la Consejería, en este momento hay comprometida más del 91 por ciento de la financiación necesaria y el préstamo solicitado al BEI para la restauración del patrimonio de Lorca, que asciende a 23.740.027,56 euros, "supondrá un importante impulso para la ejecución del Plan".

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Además, en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013, en el programa de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bienes Culturales, hay consignados 9.384.905,00 euros destinados a llevar a cabo las actuaciones contempladas en el Plan, de acuerdo con las directrices que señala la Comisión de seguimiento de dicho Plan.

COORDINACIÓN Y ÁNIMO DE TODOS
   Lo verdaderamente destacable de este Plan Director, señala la Consejería, es la rápida consecución de su objetivo: la recuperación del patrimonio histórico de Lorca, y esto ha sido, a su parecer, por la coordinación y el ánimo de colaboración mostrado desde el primer momento por todos.

   La Comisión de seguimiento del Plan ha acordado que, para elaborar el programa de inversión de lo que queda por ejecutar del Plan, se establecerían tres grandes bloques: inmuebles BIC, inmuebles grado 1 y 2, éste último mayoritariamente integrado por viviendas de propiedad particular, e inmuebles grado 3 de las principales arterias del conjunto histórico

   Una de las actuaciones que se podrá emprender con estos créditos, será la de colaborar en la recuperación de las viviendas de propiedad particular que contribuyen a que el conjunto histórico de Lorca sea unos de los de mayor interés de la Región.

   En la actualidad, informa Cultura, prosiguen las negociaciones para obtener fondos económicos procedentes de organismos y entidades públicas y privadas.

   La experiencia adquirida tras el magno desastre, "nos ha convertido en referencia para otras regiones y países, que han convocado a nuestros técnicos en encuentros y jornadas para explicar las actuaciones". Además, señalan las mismas fuentes, esta experiencia ha servido para establecer nuevos protocolos de intervención para futuras eventualidades en caso de catástrofes naturales.

   En este sentido, se ha creado la Unidad de Intervención Rápida de Patrimonio Cultural en caso de Riesgos Naturales vinculada a los planes de Protección Civil, un proyecto pionero en España y que como tal se presentó en el Consejo de Patrimonio Histórico Nacional.

   También para elevar al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes una propuesta de modificación de la legislación nacional vigente en materia de Protección Civil con el fin de considerar como emergencia las actuaciones realizadas en los momentos posteriores a una catástrofe para la salvaguarda de los bienes del patrimonio cultural. También esta propuesta contó con la aprobación unánime del Consejo de Patrimonio Histórico Nacional.

   Finalmente, declara que lo verdaderamente destacable de este Plan Director es la rápida consecución de su objetivo: la recuperación del patrimonio histórico de Lorca.

   Y apunta que la Consejería ha reforzado la dotación de recursos humanos dedicados al apoyo técnico y gestión administrativa de los expedientes relacionados con temas de Lorca.

   Por consiguiente, en estos momentos está mucho más ocupada que preocupada por la situación del patrimonio cultural lorquino, "puesto que está convencida de que poco a poco Lorca va a recuperar el esplendor de todo su patrimonio monumental".

martes, 25 de junio de 2013

Valencia. La inspección en la Ciudad de la Justicia descarta el riesgo de nuevos desprendimientos.

La Ciudad de la Justicia volverá hoy a la normalidad. Personal de las instalaciones retirará las vallas de la zona acotada tras la caída el pasado miércoles de una losa que hirió a tres personas.

La inspección de la fachada de todo el edificio, que empezó y terminó ayer, no ha detectado riesgo de que se produzcan nuevos desprendimientos. La causa del desplome del fragmento sigue siendo desconocida. La hipótesis del cambio de temperatura -días consecutivos de frío seguidos de un intenso calor- se mantiene como la teoría más probable.

Un arquitecto de la Generalitat y personal de una empresa especializada colaboraron en la revisión de la parte exterior del edificio. Concentraron su trabajo, en especial, en aquellas piezas que no están completas, por ejemplo, las que terminan en una esquina. En algún caso, según las fuentes consultadas, se adoptó alguna medida extra para evitar cualquier tipo de filtración. Se trata de fragmentos similares a la loseta que se desprendió justo en la salida principal de las dependencias judiciales. No era tampoco la primera vez. Hace dos años se registró un incidente similar, pero sin heridos.


El suceso, que se saldó con tres heridos de carácter leve, ha vuelto a reabrir el debate sobre las deficientes condiciones que presentan las sedes judiciales. La falta de mantenimiento de la infraestructura resulta clave. No obstante, el conseller de Justicia, Serafín Castellano, quiso desvincular el miércoles la caída de la fachada de la ausencia de inversiones.

La Ciudad de la Justicia costó cerca de 150 millones de euros y fue inaugurada en 2003. Desde entonces, aparte de algunas actuaciones que no dejan de ser parches, no se ha realizado una intervención a fondo en las instalaciones. Se trata de un edificio al que cada día acceden miles de ciudadanos, aparte del millar de funcionarios. Los problemas se concentran en los aseos, ascensores y el sistema de climatización.

La Conselleria de Justicia ya se vio obligada a paralizar una docena de nuevas sedes judiciales en la Comunitat por falta de fondos. Entre ellas, la remodelación del TSJ.
Las Provincias