miércoles, 7 de marzo de 2012

Un registro oficial determinará qué edificios deben pasar la inspección. Aranda (Burgos)


El Ayuntamiento de la capital ribereña se mantiene firme en su empeño de que la ciudad ofrezca su mejor imagen de cara a la celebración de Las Edades del Hombre en 2014. Tal vez por ello, se ha puesto manos a la obra y ha comenzado los trámites para dotarse de una ordenanza municipal que regule la obligación de que los edificios de más de 40 años pasen una inspección técnica de la construcción que certifique que se encuentra en las adecuadas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad.
Como primer paso, el Consistorio elaborará un registro con todos los edificios que componen el entramado urbano arandino para determinar qué inmuebles y a partir de qué momento deben someterse a esta ITV del ladrillo, además de otros datos complementarios como su emplazamiento, características o su inclusión en el casco histórico y si tiene algún nivel de protección. «Fundamentalmente es para conocer cuáles son las edificaciones que en cada año cumplen 40 años y deben someterse a esta inspección», señala la alcaldesa y concejala de Urbanismo, Raquel González.

Desde el mismo momento de entrada en vigor de la ordenanza, los inmuebles que vayan acumulando cuatro décadas de historia, deberán ser revisados por técnicos competentes. Además, se planteará una moratoria, inicialmente de cinco años, para que todos los edificios que superen esa edad cumplan con la ley y vayan sometiéndose a revisión. «Tenemos muchos de más de 40 años, y para evitar que puedan colapsar la Oficina de Obras o dificultar enormemente a los propietarios, vamos a dar un plazo más amplio», incide González.

La elaboración de este listado es solo uno más de los aspectos recogidos en el borrador de la normativa municipal que se ha entregado al resto de grupos políticos y con el que se ha empezado a trabajar en la Mesa Mixta de la Construcción, donde están presentes responsables de los colegios de Arquitectos y Aparejadores y de la Asociación de Empresarios de la Construcción.

Entre otras cuestiones, se contempla que las inspecciones comprobará que las construcciones reúnen las condiciones mínimas de seguridad, sin daños que afecten a la cimentación o soportes o elementos constructivos que puedan suponer un riesgo para la seguridad de las personas, y salubridad, entendiendo por tal el buen funcionamiento de las redes generales de fontanería y saneamiento.

La primera inspección se realizará al año siguiente de cumplir 40 y, posteriormente, deberán repetirse cada diez. Si el resultado es desfavorable, los técnicos deberán informar a los propietarios sobre las deficiencias detectadas, las medidas de seguridad que deberán adoptarse con carácter inmediato y las obras necesarias para subsanarlas. Para esto último dispondrá de un plazo máximo de tres meses para solicitar la licencia municipal para ejecutar las actuaciones necesarias.

Se recoge también un régimen sancionador, con multas de entre mil y diez mil euros por el incumplimiento del deber de realizar la inspección técnica de construcciones. Asimismo, se recoge que el Ayuntamiento puede recurrir a multas coercitivas para conseguir las ejecución de las actuaciones necesarias para que los inmuebles se encuentren en condiciones.

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