José Manuel Pérez Avilés ha sido tan amable de
enviarme una colección de artículos realizada por él sobre la inspección
técnica de edificios en Melilla, los cuales os iré colgando en el blog para que
los podáis leer.
Desde aquí agradecer a José Manuel que nos deje
mostrar sus artículos.
En España, la crisis ha tenido el efecto
singular de precipitar con inusitada brusquedad el ajuste del sector de la
construcción que se había iniciado en 2007. Como consecuencia de ello, y de ser
éste un sector muy intensivo en mano de obra, se ha producido un fuerte aumento
del desempleo en un lapso muy corto de tiempo. En nuestra Ciudad, Melilla,
sentimos con mayor dureza aún estos efectos del aumento del paro.
En consonancia
con las pautas adoptadas por el grupo de países del llamado G20 y con las
decisiones de la Unión Europea, el Gobierno impulsó un conjunto de acciones
dirigidas a reforzar nuestro sistema financiero y a contener la acentuada caída
de la actividad, paliando sus consecuencias tanto en el ámbito económico como
en el social. Ese conjunto de acciones ha integrado Planes Españoles para el
Estímulo de la Economía y el Empleo, que han comportado un esfuerzo fiscal muy
considerable.
Paralelamente,
el Ejecutivo elaboró una Estrategia de Recuperación de la Economía Española que
descansa en la convicción, reafirmada por la propia incidencia de la crisis en
nuestro país, de que es necesario acelerar la renovación del modelo productivo
que se puso en marcha en 2004. Es un nuevo paso en la modernización de la
economía española.
La
Estrategia incluye un variado elenco de iniciativas legislativas,
reglamentarias y administrativas, así como la promoción de reformas en ámbitos
específicos de la economía española como el laboral o el de la Comisión del
Pacto de Toledo. Todas ellas pretenden servir a un nuevo crecimiento. A un
crecimiento equilibrado, duradero y sostenible. También pretenden ser una
oportunidad para impulsar nuevas actividades y nuevos empleos.
La Ley
2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, (BOE 05/03/2011), es una de las
piezas más importantes de la Estrategia ya que aborda, transversalmente y con
alcance estructural, muchos de los cambios que, con rango de ley, son
necesarios para incentivar y acelerar el desarrollo de una economía más
competitiva, más innovadora, capaz tanto de renovar los sectores productivos
tradicionales como de abrirse decididamente a las nuevas actividades
demandantes de empleos estables y de calidad.
La Ley de
Economía Sostenible se estructura en un Título preliminar, donde se define su
objeto, el concepto de economía sostenible y los principios resultantes de
actuación de los poderes públicos, y en cuatro Títulos que contienen el
conjunto de reformas de impulso de la sostenibilidad de la economía española.
Tiene veinte disposiciones adicionales, nueve transitorias, sesenta finales y
una disposición derogatoria.
Nos interesa
especialmente, para el artículo que desarrollamos sobre Melilla y la inspección
técnica de viviendas, el Título III de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de
Economía Sostenible, recoge disposiciones relativas a distintos ámbitos de la
sostenibilidad ambiental, desde la que se abordan algunas reformas globales de
los sectores afectados. Estos ámbitos son el modelo energético, la reducción de
emisiones, el transporte y la movilidad sostenible y, en especial por su
importancia en el modelo económico español, y por su singular importancia en el
modelo económico de Melilla, la rehabilitación y la vivienda. O lo que es lo
mismo: el impulso del sector de la vivienda en Melilla desde la perspectiva de
la rehabilitación.
El Capítulo
IV (de ese Título III) se dedica al impulso de la recuperación del sector de la
vivienda mediante una serie de reformas centradas en el impulso a la
rehabilitación y la renovación urbanas. Junto al nuevo marco normativo de
impulso de las actuaciones de rehabilitación y renovación, la Ley prevé que la
Administración General del Estado, en el ámbito de sus competencias propias y
en colaboración con las Administraciones competentes en materia de ordenación
del territorio y urbanismo, impulse las acciones de rehabilitación y renovación
de la ciudad y los demás núcleos existentes y la coordinación de las medidas,
los fondos, las ayudas y los beneficios, incluidos los previstos en programas
comunitarios, destinados a tales objetivos.
Asimismo,
para asegurar la obtención, actualización permanente y explotación de la
información necesaria para el desarrollo de las políticas y las acciones anteriores,
las Administraciones Públicas podrán establecer un sistema informativo general
coordinado.
El Título IV
de la Ley establece los instrumentos necesarios para la aplicación y evaluación
de la misma. Como instrumento financiero se recoge el Fondo de Economía
Sostenible cuyo fin es apoyar a los particulares en el desarrollo de los
principios y objetivos contenidos en la Ley. Se prevén igualmente instrumentos
de coordinación entre la Administración General del Estado y las Comunidades
Autónomas, así como con las Entidades locales, en el seguimiento y evaluación
de la aplicación de la Ley. Estas administraciones intercambiarán información
sobre las actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio de sus competencias.
Igualmente, se introducen mecanismos de participación de los interlocutores
sociales en las tareas de evaluación y seguimiento y, especialmente, en el
informe que, al menos cada dos años, debe aprobar el Gobierno sobre el
desarrollo de la economía sostenible, que incorporará las recomendaciones de
actuación para el período siguiente.
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