El Pleno del Ayuntamiento de Santa
Cruz de Tenerife abordará mañana la aprobación de la nueva ordenanza sobre
Conservación, Restauración, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las
Edificaciones. El documento, elaborado por los técnicos municipales adscritos a
la sección de Inspección Urbanística y Actividades, define que a los
propietarios de los inmuebles les corresponde el deber de conservación y
rehabilitación de los inmuebles, por lo que establece, de forma sistemática y
ordenada, todas aquellas medidas necesarias que controlen su cumplimiento. De
igual manera, también hace referencia a las que sea necesario adoptar, en su
caso, cuando no concurran las condiciones necesarias de seguridad, salubridad,
accesibilidad, ornato público y decoro en las edificaciones.
El primer teniente de alcalde y
concejal de Urbanismo, José Ángel Martín, explica que la aprobación de esta
normativa "afectará a todos los edificios y construcciones en el que se
inscriban los inmuebles que cuenten con una antigüedad superior a los 30
años", salvo en las excepciones previstas en el artículo 21 del Real
Decreto 8/2011. El documento se estructura en seis títulos, con 86 artículos,
dos disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias y una
disposición final.
Uno de los aspectos más novedosos de
la ordenanza estriba en que pretende "posibilitar la elección de la medida
más adecuada en cada momento, atendiendo a las circunstancias concretas de cada
caso. Así, con la resolución del procedimiento en el que se aprecie un
incumplimiento injustificado de los deberes del régimen de propiedad del suelo,
se elegirá la ejecución subsidiaria a costa del propietario en caso de que los
trabajos y obras a realizar no superen el 50 % del valor de sustitución del
edificio". Del mismo modo, la ordenanza también prevé la posibilidad
"de acordar la expropiación forzosa por incumplimiento de los deberes de
conservación y rehabilitación cuando confluyan motivos de interés general y, en
su caso, cuando los trabajos y obras a realizar rebasen el límite del contenido
normal del deber de conservar y no sea efectiva la ejecución subsidiaria".
Una de las disposiciones adicionales también establece crear, en el plazo de un año, desde la aprobación de la ordenanza, un registro con el estado de los edificios y construcciones existentes en el municipio. La segunda, en cambio, regula las actualizaciones de las multas coercitivas remitiéndose, para tal fin, al Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística o al índice oficial que lo sustituya.
Del mismo modo, el texto se ha enriquecido con las alegaciones presentadas durante su periodo de exposición pública por el Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias, la Asociación Barrio de El Toscal de Las Tribulaciones y el grupo municipal Popular.
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