EXPONE:
Que
durante el mes de diciembre de 2012 presenté varios escritos en relación a la
ampliación y obras de emergencia a realizar en el Museo de Bellas Artes
San Pío V de Valencia, y que 4 meses después debo manifestar que no
he recibido ninguna respuesta, habiéndose convertido esta práctica en algo
habitual, visto la cantidad de instancias pasadas por registro de entrada
del PROP y a los que la Consellería de Educación, Cultura y
Deportes no ha dado respuesta alguna en los últimos años.
Que Ley
Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición recoge
lo siguiente:
Artículo
6. Presentación de escritos.
2. La
administración, institución pública o autoridad que reciba una petición acusará
recibo de la misma y lo comunicará al interesado dentro de
los diez días siguientes a su recepción. Esta actuación se llevará a efecto por
el órgano correspondiente de acuerdo con la norma organizativa de cada entidad.
Artículo
11. Tramitación y contestación de peticiones admitidas.
1. Una
vez admitida a trámite una petición, la autoridad u órgano competente
vendrán obligados a contestar y a notificar la contestación en
el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de su
presentación. Asimismo podrá, si así lo considera necesario, convocar a los
peticionarios en audiencia especial.
3. La
contestación recogerá, al menos, los términos en los que la petición ha
sido tomada en consideración por parte de la autoridad u órgano competente
e incorporará las razones y motivos por los que se acuerda acceder a la
petición o no hacerlo. En caso de que, como resultado de la petición, se haya
adoptado cualquier acuerdo, medida o resolución específica, se agregará a la
contestación.
Que
si la Consellería de Educación, Cultura y Deportes no respondiera ni
al anterior escrito ni al presente en un plazo de 15 días hábiles desde
la recepción del mismo, comunicaré estos hechos al Síndic de Greuges para
que tome las medidas oportunas.
SOLICITA:
Que
la Consellería de Turismo, Cultura y Deportes responda en tiempo y
forma a todas y cada una de las peticiones formuladas en los diversos
escritos presentados el pasado 7 de diciembre de 2012.
Que
si este órgano no fuera competente, que dé traslado de este documento a la
autoridad u órgano competente para pronunciarse o resolver sobre las cuestiones
suscitadas en el mismo.
Valencia, a 4 de abril de
2013
Fuente
http://lejosdeltiempo.wordpress.com
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