Autor: José Manuel Pérez Avilés
Me gustaría poder ofrecerles la siguiente información:
“el 95% de los inmuebles, construcciones, y viviendas de Melilla, de más de 50
años de antigüedad, los más veteranos, han pasado la legal y obligatoria
Inspección Técnica de edificios”. ¿Acaso podría afirmarles lo contrario, es
decir que, “el 95% de los Inmuebles, construcciones y viviendas de Melilla, de
más de 50 años de antigüedad, los más veteranos, no han pasado la legal y
obligatoria Inspección Técnica de Viviendas de conformidad con las últimas
disposiciones legales en vigor”?.
Si
recordamos las condiciones y características de los artículos 107º al
111ºinclusive, de la Ley 2/2011, de Economía Sostenible (BOE 05/03/2011), y de
los artículos 17º al 22º inclusive y de la Disposición adicional tercera del
Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, (BOE de 07/07/2011), en Melilla, parece
ser que estarían próximos a publicarse por la Ciudad Autónoma dos Censos: uno de
construcciones, edificios, viviendas y locales desocupados, y, otro Censo de
los precisados de mejora o rehabilitación. Ambos Censos, o los dos en uno solo,
lo serían para general conocimiento, de carácter y acceso público, y con el
debido calendario de actuaciones en razón a la antigüedad de los inmuebles.
Podrían
contemplarseestos Censos como sistema informativo general coordinado del que podría
obtener esa información cualquier ciudadano interesado. Al mismo tiempo, se
regularíala puesta en funcionamiento de los mecanismos de participación de los
interlocutores sociales y ciudadanos interesados en las tareas de evaluación y
seguimiento, y, especialmente, en el informe que, al menos cada dos años debe
aprobar el Gobierno de España, sobre el desarrollo de la economía sostenible,
que incorporaría las recomendaciones de actuación para el periodo siguiente. La
incorporación de Planimetría y Mapas conformaría un sistema público general e
integrado de información sobre suelo y urbanismo, y programas de renovación y
rehabilitación urbana. Puede ser esta una necesidad imperiosa.
Repasando y siguiendo los Principios
que deben guiar “la acción de los poderes públicos en sus respectivos ámbitos
de competencia para impulsar la sostenibilidad de la economía española”, la
Inspección Técnica de Viviendas, sus informes y sus revisiones periódicas,
tienen como objetivo principal tanto la rehabilitación y la renovación urbanas,
como el detectar posibles deficiencias que pongan en riesgo las condiciones de
conservación y mantenimiento de la seguridad, salubridad,accesibilidad,
habitabilidady ornato, externo e interno, de los inmuebles, construcciones, y
viviendas, y para evitar,también, situaciones de infravivienda. Y todo ello según
su catalogación y antigüedad, para acreditar, o no, su buen estado en cuanto a
seguridad, salubridad, accesibilidad, habitabilidad y ornato, independientemente
del uso al que estén destinados. La ITV es obligatoria para edificios de más de
50 años de antigüedad, salvo que la Ciudad Autónoma fije otra distinta
antigüedad en su normativa, así como cuando deberían realizarse las posteriores
inspecciones.
La
Inspección Técnica, analizael estado del inmueble y emite el correspondiente
informe-diagnóstico que, en su caso, conllevaría la fijación del plazo para
acometer las obras necesarias y así lograr la resolución positiva de la
Consejería de Fomento de la Ciudad de Melilla. Esta ITVla podrían realizar
tanto empresas especializadas, como los Arquitectos Superiores, Ingenieros, y
Arquitectos Técnicos, todos ellos profesionales colegiados, con titulación
habilitante, con experiencia en el sector y que son competentes para ello y
están cualificados para certificar que el inmueble cumple, o no, con la
normativa vigente y para ante la Ciudad Autónoma de Melilla.Los Administradores
de Fincas, junto con los agentes inmobiliarios, a otro nivel
técnico-profesional, pero con profundos conocimientos de la realidad
inmobiliaria melillense en general, son otras personas muy interesadas y muy
útiles con las que habría que contar, para colaborar y participar en este tema
tan importante de la Inspección Técnica de Viviendas.
El Informe
citado recogerá el estado general de conservación del edificio, construcciones y/o viviendas inspeccionados,
con referencias a las condiciones de mantenimiento, seguridad, salubridad,
accesibilidad, habitabilidad y ornato, externo e interno, incluidos portales,
de dichos inmuebles, y, con especial indicación y relación de los elementos
vinculados directamente a su estabilidad, consolidación estructural,
estanqueidad y en general a la seguridad de la construcción y de las personas,
tales como las redes de saneamiento y distribución de agua, gas y energía
eléctrica en baja tensión, sin olvidar la estructura, la cimentación,
interiores y medianeras, portal, fachadas exteriores, patios, cubiertas,
azoteas, voladizos, marquesinas, antenas y demás elementos susceptibles de
desprendimiento.
Para evitar
la posible escasa respuesta ciudadana, la Administración Pública, podría realizar,
tanto la Inspección Técnica de Viviendas, como las obras necesarias. Es decir,
la propia Ciudad de Melilla, a través de su Consejería de Fomento JyD, y, sin
perjuiciode la puesta en práctica deposibles líneas de ayudas o parciales
subvenciones económicas y/o deducciones
fiscales, si no existiese respuesta vecinal, podría asumir y realizar, tanto la
ITV, como las obras necesarias. Con sus medios materiales y sus propios técnicos,
o con técnicos contratados al efecto,de
oficio, y a exclusivo cargo de los propietarios renuentes. Paralelamente, la
Consejería de Fomento, en estos casos, podría realizar propuesta de expedientes
de imposición de sanciones económicas por incumplimiento del encargo de
actuación del análisis obligatorio y por la no realización de las obras
necesarias recomendadas en el Informe de la Inspección.
Melilla como ciudad, los vecinos de
Melilla como tales y también en su calidad de propietarios o arrendatarios de
viviendas, las empresas y comercios relacionados con la construcción y sus
materiales, los autónomos y desempleados de la construcción, la propia
Administración, etc, serían los directos beneficiarios que agradecerían todos
los esfuerzos que se hagan en pro de renovar y/o rehabilitar las viviendas,
edificios o construcciones que lo necesiten por razones de antigüedad o de
deterioro, y agradecerían estas actuaciones al recuperar sus renovadas
viviendas en estado adecuado a su normal y propio uso en debidas condiciones de
mantenimiento, seguridad, salubridad, accesibilidad, habitabilidad y ornato.
Sobre el mortal accidente acaecido
el pasado día 9 en las obras del edificio nº 50 de la C/ General Polavieja de esta
ciudad, expreso mimás sentido pésame por tan sensible pérdida, a lafamilia, compañeros,
amigos y Empresa del fallecido obrero de la construcción.
Melilla, 16
de Octubre de 2012
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