El descuido y la despoblación a las
que se sometieron durante años a los centros históricos suelen provocar una
estampa en muchas ocasiones poco deseable. Para evitar esto, el Ayuntamiento de
El Puerto sacó adelante en el año 2007 una ordenanza que incluía una Inspección
Técnica de Edificios (ITE) que -aunque quizás con un ritmo menor de lo
esperado- está arrojando resultados positivos.
Tal es así que la ordenanza sobre
conservación, rehabilitación e inspección técnica de edificios ha motivado
hasta el pasado mes de junio el inicio de 820 expedientes por parte del
Consistorio.
En concreto, entre las actuaciones en
edificios con algún tipo de protección destacan 21, que tienen como
protagonistas inmuebles con protección integral; mientras que 33 presentan una
protección global; y en 78 ésta está catalogada como estructural. El mayor
número de trámites, 688, está representado por las fincas con más de cincuenta
años, según datos de la Concejalía de Vivienda.
Desde que el documento entró en vigor
en marzo de 2007, el número de inspecciones técnicas de edificios presentadas
ha sido de 140. De este 17% de trabajos cursados con respecto al total, algo
más de la mitad -82 para ser más exactos- resultaron favorables.
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El procedimiento administrativo se
abre con una primera comunicación por carta al propietario o propietarios del
edificio. Con ella se pone en conocimiento de la obligación establecida por la
ley «y que muchas veces es desconocida por los dueños», apunta el edil de
Vivienda, Antonio Jesús Ruiz (PA).
A partir de este momento, en el plazo
de diez días, «los interesados deben comunicar si existe cualquier tipo de
error, como por ejemplo que se trate de un edificio con más propietarios, o que
se haya errado y no cuente con la antigüedad requerida, o bien que se haya
efectuado una reforma estructural o integral y así quede constatado mediante
los oportunos documentos», apunta Ruiz.
Cabe destacar que una vez que la
inspección técnica de edificios obtiene el visto bueno a través de un informe
favorable, el propietario del inmueble en cuestión no tendrá que volver a
revisarlo hasta transcurridos 10 años desde su presentación.
Por el contrario, si el proceso recibe
la catalogación de desfavorable por parte de los técnicos de la Administración
local, éste se traslada al Servicio Municipal de Disciplina Urbanística para el
requerimiento y subsanación de las obras necesarias reflejadas en la inspección
técnica.
El teniente de alcalde delegado de
Vivienda señala igualmente que con esta herramienta «estamos haciendo que el
propietario de inmueble lleve a cabo la inspección y que el edificio se
encuentre en condiciones de seguridad».
En este sentido, el responsable del
área destaca que se contribuye a «mejorar el estado general de conservación del
parque de viviendas de la zona centro de la ciudad, donde localizamos la gran
mayoría de los edificios que en El Puerto han cumplido los 50 años y aquellos
que tiene protección».
Multas
coercitivas
Según recoge la citada ordenanza, en
caso de incumplimiento de las órdenes de ejecución, podrán imponerse -sin
perjuicio del recurso en último término a la ejecución subsidiaria- multas
coercitivas, que alcanzan los 300 euros, si se trata de actuaciones relativas
al ornato; los 450 euros si son actuaciones relacionadas con la salubridad; y
900 euros si tiene que ver con intervenciones obligadas por falta de seguridad.
El documento recoge que podrá
imponerse un máximo de cinco multas coercitivas del mismo importe, por lo que
de acontecer cada una de las infracciones de manera reiterada, a priori el
montante de la sanción podría alcanzar como máximo los 8.250 euros.
El incumplimento de la órdenes de
rehabilitación, además de la ejecución subsidiaria de los trabajos por parte
del Ayuntamiento con cargo a la propiedad, puede conllevar la expropiación
total de la edificación.
La Voz Digital
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